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Las mujeres costarricenses en el bicentenario: avances y resistencias en el logro y consolidación de sus derechos

Bernarda Vásquez, una vecina de La Tigra de San Carlos, fue la primera mujer costarricense en ejercer el derecho al sufragio. Lo hizo en 1950. (Foto cortesía INAMU)

Doris Fernández Carvajal (*)

Con la emancipación de España, Costa Rica no cambió muchas de sus formas de vida ni de las relaciones de poder entre la población, de ahí que no se tienen indicios claros de que este proceso cambiara la condición de la mujer en la valoración social y en las oportunidades escasas que brindaba una sociedad de un claro perfil patriarcal. No obstante, con el tiempo podemos encontrar algunos cambios que sí han modificado parcialmente las relaciones entre los géneros. En esas nuevas condiciones para el desarrollo de las mujeres, han incidido factores propios de la modernidad creciente, pero, sobre todo, el impulso que algunas mujeres han dado en estos 200 años.

Para enmarcar correctamente estos avances es importante partir de una concepción central en la posibilidad de dar saltos cualitativos en la condición de una mujer socialmente reconocida: los derechos humanos, los cuales explícitamente no aparecen enunciados como tales en el siglo XIX ni en casi la primera mitad del siglo XX, pero en su esencia están implícitos en cada avance de las mujeres a lo largo de nuestra historia.

Los derechos humanos son los que deben disfrutar todas las personas, sin distingos de edad, sexo, clase social, creencias religiosas, orientación del deseo sexual, origen étnico, racial u otros. La Declaración de los Derechos Humanos se promulga en 1948, finalizada la Segunda Guerra Mundial, con la finalidad de crear condiciones que permitiesen la reconstrucción del mundo dentro de un marco ético y filosófico fundado en la igualdad de derechos para todas las personas. Existen voces críticas que cuestionan la eficacia de los derechos humanos por considerar que son un discurso, que no llega a plasmarse en mejores condiciones de vida para millones de personas en el mundo. No obstante, los derechos humanos son el marco conceptual y ético en el cual se sustentan las reivindicaciones de grupos sociales históricamente discriminados, dentro de estos las mujeres.

Con motivo de la conmemoración del bicentenario de la independencia de Costa Rica (1821-2021), se debe reflexionar sobre los principales derechos que han ganado para sí las mujeres costarricenses, producto de luchas emprendidas por colectivos feministas y otras organizaciones de mujeres. Del siglo XIX se pueden mencionar dos avances importantes: acceso a la educación y cambios en la condición de ciudadanía. Los progresos para el reconocimiento de sus derechos han enfrentado resistencias de todo tipo, desde ideológicas y religiosas, hasta de subvaloración de sus capacidades intelectuales y físicas que han permeado incluso a las mismas mujeres, por lo que la ruptura epistemológica y cultural no ha sido fácil.

En relación con la educación, Christine de Pizan, escritora francesa, considerada pionera del feminismo occidental, en El libro de la ciudad de las Damas publicado en 1405, cuestiona la supuesta inferioridad intelectual de las mujeres. Más adelante otros pensadores(as) como François Poullain de la Barré, en 1674, y Mary Wollstonecraft, en 1792, también se pronunciaron en favor de la educación para las mujeres.

Todas estas ideas permearon el pensamiento de países occidentales, incluyendo a Costa Rica. Durante las últimas décadas del siglo XIX y principios del XIX, el país experimenta una apertura en los procesos de enseñanza. Se aprueba, en 1869, la Ley de Bases para la Instrucción Primaria, la cual establece el carácter gratuito y obligatorio de la enseñanza primaria para ambos sexos. Más adelante se aprueban la Ley Fundamental de Educación, en 1885, y la Ley General de Educación Común, en 1886. Posteriormente, se crea el Liceo de Costa Rica para hombres, en 1887, y el Colegio de Señoritas para las mujeres, en 1888. El acceso de las mujeres a la educación representó para algunas de ellas un avance muy significativo, ya que les abrió las posibilidades de estudio y de manera más restringida de trabajo.

 

De la negación de la ciudadanía a actora civil y política

Las mujeres, en el inicio de la llamada “vida independiente”, no eran reconocidas como ciudadanas con derechos plenos de elegir o ser electas; es decir, se les negaba una condición básica de la democracia. Además, vivían bajo la tutela del padre, hermanos o esposos. Su cotidianidad transcurría en torno a amenazas, maltrato físico, incumplimiento de las responsabilidades del hogar, infidelidad, alcoholismo, todo esto por parte de los esposos.

Durante la segunda década del siglo XX, comienza a gestarse una de las más importantes luchas de las mujeres: el derecho “a elegir”, iniciativa impulsada por la Liga Feminista Costarricense, fundada en 1923. Su principal líder fue Ángela Acuña Braun, abogada, quien viajó a Francia e Inglaterra a continuar sus estudios y desde ahí pudo presenciar las marchas de las mujeres de esos países demandando el derecho al sufragio. Después de 30 años de lucha se aprueba la ley, un 20 de junio de 1949. Una vez obtenido este derecho, se aprueban otras importantes leyes, en su mayoría en la segunda mitad del siglo XX:

Reformas al Código Electoral: se prueban modificaciones al Código Electoral, entre 1996 y 2001, que abren posibilidades a las mujeres de “ser electas”. Se obliga a los partidos políticos a establecer “cuotas de género”, al crear mecanismos para asegurar la participación de las mujeres; desde 2007 se establece la paridad de género de manera obligatoria.

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW): se aprueba en 1979 y Costa Rica la ratifica en 1984. Compromete al país a adoptar medidas para desestimular y eliminar todo tipo de discriminaciones hacia las mujeres.  

Ley de Promoción de la Igualdad Real de la Mujer (N°7142, de 1990): obliga al Estado a promover y garantizar la igualdad de derechos entre hombres y mujeres.  

Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belem Do Pará): Costa Rica suscribe esa convención en 1995. Es el primer instrumento jurídico internacional de derechos humanos que aborda de forma específica el problema de la violencia contra las mujeres.

Ley contra la Violencia Doméstica (Ley N° 7586, de 1996): sanciona las diferentes manifestaciones de violencias contra las mujeres.

Ley contra el hostigamiento sexual en el Empleo y la Docencia (N° 7476, de 1995): previene, prohíbe y sanciona el hostigamiento sexual como práctica discriminatoria por razón de sexo.   

Decreto Ejecutivo 27913-S (1999): permite la esterilización voluntaria y es muy importante, en materia de derechos sexuales, pues hace posible la autodeterminación reproductiva para las mujeres.  

Ley de Paternidad Responsable (N° 8101, de 2001): protege los derechos de las personas menores de edad, que nacen fuera de una relación de matrimonio.

Ley de Relaciones Impropias (N°9406, de 2017): estas son relaciones entre una persona adulta y una persona adolescente. Con esta ley se espera erradicar embarazos adolescentes y uniones o vínculos sustentados en relaciones desiguales de poder.  

Ley contra el acoso sexual callejero (N° 9877, agosto 2020): garantiza el derecho a todas las personas de transitar o permanecer libres de acoso sexual en espacios públicos y privados.

 

(*) Instituto de Estudios de la Mujer

 

 

 

 

 

 

 

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