Please ensure Javascript is enabled for purposes of website accessibility

Archivo de la noticia: Agosto 2009


Aprueban segunda parte de Plan de Relevo Académico

 

Producto de un proceso de negociación y una rigurosa búsqueda de soluciones al problema de interinazgo en el ámbito académico, el rector de la UNA, Olman Segura, y la vicerrectora académica, Sandra León, suscribieron un acuerdo con los representantes del SITUN, Gerardo Chaves y Álvaro Madrigal, para establecer una segunda etapa del Plan de Relevo Académico.

 


 

El pasado 2 de julio, las autoridades de la Universidad Nacional (UNA), el rector Olman Segura y la vicerrectora académica, Sandra León, en compañía del secretario general del Sindicato Interno de Trabajadores Universitarios (SITUN), mediante una firma, acordaron establecer una II etapa del Plan de Relevo Académico, vía excepcional, bajo criterios de conveniencia, razonabilidad y oportunidad institucional, así como para atender necesidades de las Unidades Académicas, Centros o Sedes que no hayan sido resueltos en la I etapa del Plan de Relevo.

Dicho acuerdo es el producto de la negociación entre la UNA y el SITUN, de un riguroso proceso de análisis y búsqueda de soluciones a la problemática del interinazgo en el ámbito académico considerando el avance alcanzado de la I etapa del Plan de Relevo Académico que ha realizado en la institución a partir del 2008.

En cuanto a los concursos por media jornada, el documento señala que en el caso de que la Unidad Académica, Centro o Sede solicite sacar a concurso por oposición media jornada, deberá argumentar y justificar debidamente las necesidades expresadas en su Plan de Relevo, en el sentido de que para ese específico perfil solamente requiere esa jornada. La argumentación debe ser sustantiva y coherente, según dimensión de las necesidades de las áreas de desarrollo y por tanto de conocimiento de la Unidad Académica, Centro o Sede. Cabe destacar que esta modalidad de concurso por oposición de media jornada no compromete a la universidad a completar el tiempo completo.

Sobre los concursos con solo el grado de licenciatura, vía inopia por no existir oferentes con posgrado, se plantea que cuando una Unidad Académica, Centro o Sede, solicite sacar a concurso por oposición una plaza con grado solamente de licenciatura, por considerar que en el mercado laboral no existen académicos con posgrado disponibles en un área de conocimiento particular, se procederá a sacar un registro de elegibles por medios de comunicación colectiva para comprobar inopia, según lineamientos de la I etapa del Plan de Relevo. En caso de no comprobarse inopia, procede el concurso por oposición con licenciatura y posgrado.

En relación con los concursos con grado de licenciatura, producción intelectual y trayectoria profesional o académica altamente calificada se expresa que cuando una Unidad Académica, Centro o Sede, solicite sacar a concurso por oposición, una plaza con grado de licenciatura, por considerar que existen académicos disponibles en un área de conocimiento particular, con amplia producción y trayectoria profesional o académica; se procederá a sacar un concurso por oposición de acuerdo con las características que se indican en el documento.