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UNA no condiciona entrega de títulos a cambio de información personal

La Boleta Nacional de Graduación, constituye el instrumento mediante el cual el Observatorio Laboral de Profesiones (OLaP-CONARE) recopila información para el proyecto Perfil de la Persona Graduada, como se establece en el siguiente enlace:

https://olap.conare.ac.cr/perfil-del-graduado/descripcion-perfil-graduado

El objetivo de dicho proyecto es “Conocer las principales características sociodemográficas y académicas de los graduados de universidades estatales costarricenses, así como su situación laboral durante su tiempo de estudios y en el momento de su graduación”, por lo que resulta de vital importancia la participación voluntaria de cada persona que esté en proceso de titularse, proporcionando información que permita no solo mapear las condiciones personales, académicas y laborales, sino que además favorezca la toma de decisiones informada, en procura del mejoramiento de nuestra oferta docente, tanto de grado como de posgrado.

La Universidad Nacional incluyó este instrumento como parte de sus trámites de graduación, mediante las circulares CIRCULAR VA-817-2012 y VA-DD-290-2012, del 28 de marzo de 2012. Al respecto, es importante aclarar que a pesar de que es requisito de graduación el completar dicha boleta, como se establece en el sitio web del Departamento de Registro1 de la UNA, en la presentación y consentimiento informado al inicio del cuestionario2, se define lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley Nº 8968 del 7 de julio de 2011, de “Protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales”, estableciendo la participación con este instrumento como de “carácter facultativo de manera totalmente voluntaria”, por cuanto los datos que proporcione la persona que está por graduarse se consideran “estrictamente confidenciales y solo serán dados a conocer de manera grupal”.

Desde el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se indicará expresamente como opcional el completar la Boleta Nacional de Graduación, sin que esto afecte su proceso de inscripción como graduando de la Universidad Nacional.

Así mismo, el CONARE “garantiza a quienes suministren sus datos personales el respeto a su derecho de acceso gratuito y oportuno a sus datos personales, a su rectificación, actualización, supresión, y a consentir la cesión de sus datos cuando ello fuere absolutamente indispensable para el cumplimiento de los fines académicos indicados, previa notificación, de conformidad con lo estipulado en el artículo 7º de la Ley 8968”.

La Universidad Nacional no condiciona la entrega del título a la obligatoriedad de completar la Boleta Nacional de Graduación.

Francisco González Alvarado

Rector

Universidad Nacional

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