Falta de claridad en los alcances, obstáculos para la discusión de problemas nacionales que forjen el pensamiento crítico en los estudiantes y efectos disuasorios que pueden limitar la posibilidad de expresarse ante el temor de una sanción son parte de los riesgos que la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional (UNA) identificó en la circular sobre neutralidad político-electoral emitida por el Ministerio de Educación Pública (MEP).
El Consejo de Facultad de Ciencias Sociales asume de esta manera un acuerdo del Consejo de Unidad Académica de la Escuela de Historia de la UNA al analizar la circular DM-CIR-0047-2026.
Sin embargo, el texto genera más inquietudes que certezas, según se indica en el documento del pronunciamiento.
Una de ellas tiene relación al momento en que se emitió la circular, después de las elecciones nacionales y no antes, si su fin era fortalecer la neutralidad político-electoral en el marco de la labor docente. Además, “queda la incertidumbre sobre el tratamiento de los temas actuales y controversiales que no forman parte del currículo, pero cuyo abordaje es indispensable para formar pensamiento crítico”, indica el documento
Contradicciones
Al analizar en detalle el texto del MEP, se identificaron una serie de contradicciones.
La primera de ellas enfatiza en que la Ley Fundamental de Educación alude a restricciones en temas de propaganda electoral y sectaria y discusiones político-electorales, empero, la circular amplía las categorías con términos como “adoctrinamiento, captación ideológica, objetividad pedagógica y equilibrio” sin definir con claridad sus alcances.
La segunda contradicción, siempre utilizando como parámetro la ley, es que en su artículo 14 propone el desarrollo del pensamiento reflexivo y preparar para la vida cívica y el ejercicio responsable de la libertad.
Al respecto, los académicos consideran que la comprensión de la realidad económica y social del país está medida por las políticas que se implementen desde el Estado. “Por lo tanto, ¿cómo desarrollar ciudadanía democrática sin discutir democráticamente los asuntos públicos”.
El tercer elemento objetado deviene de la confusión que puede producirse entre “neutralidad política” y la “neutralidad ante los problemas públicos que enfrenta una comunidad o el país en general”.
Finalmente, desde el programa de Educación Cívica del MEP se establece que "la educación para la ciudadanía busca la formación de una persona crítica ante el sistema político”. Desde la Facultad de Ciencias Sociales, se advierte que una visión educativa no puede darse desde la “cultura general”, ya que expondría a la juventud a ser parte de una sociedad “sumisa, vulnerable y manipulable”.
Desde un punto de vista práctico, no debería ser cuestionable, por ejemplo, analizar desde las aulas los riesgos para la democracia de la concentración del poder “y utilizar para ello, entre otras cosas, recursos como la noticia de que un expresidente de Costa Rica asegura que solo les falta controlar el Poder Judicial o las propuestas de gobierno para modificar las competencias de la Corte Suprema de Justicia y de la Contraloría General de la República”, indica el pronunciamiento.
Otro ejemplo que se menciona, como noticia reciente, es la situación en Nicaragua donde se hizo un anuncio del fin de las elecciones libres en esa nación.
Instancia
A continuación, se transcriben textualmente los 14 puntos de interpelación
1. Interpreta la circular como un llamado a defender la neutralidad político electoral que debe aplicarse en los centros educativos, respetando el espíritu de lo planteado en la Ley Fundamental de Educación y en el Código de Educación.
2. Reconoce que evitar el proselitismo político es razón legítima de la circular, pero considera que las medidas propuestas deben ser proporcionales y no restringir o crear incertidumbre con respecto a los diversos análisis que, sobre asuntos públicos, pueden desarrollarse desde las aulas del sistema educativo, más allá de lo “oficial”.
3. Deja claro que, bajo su redacción actual, la circular del Ministerio de Educación Pública desnaturaliza los fines y principios orientadores de la Ley Fundamental de Educación respecto a la formación de ciudadanos para la democracia, capaces de comprender la realidad social y desarrollar pensamiento reflexivo.
4. Declara que, como parte de su responsabilidad formativa acoge la diferencia fundamental entre neutralidad político-electoral (prohibida) y el compromiso político hacia el análisis de los problemas nacionales, las políticas públicas y el desarrollo del sistema democrático en su conjunto.
5. Asume la neutralidad institucional y partidaria como algo necesario, pero rechaza la neutralidad epistemológica, es decir, sostiene de manera vehemente que la labor docente cuando se ejerce de manera ética y comprometida no puede actuar como si la realidad política y social fueran ajenas y neutrales, pues hacerlo es incompatible con la naturaleza de la educación. La controversia y el conflicto no constituyen anomalías que deban evitarse, pues deliberar hace que la construcción del conocimiento sea significativa, al tiempo que se desarrolla el pensamiento crítico.
6. Defiende el pluralismo pedagógico como mecanismo idóneo para la construcción social del conocimiento, pues desde él se promueve el respeto a las diferencias y el diálogo abierto, informado y constructivo como mecanismo para mejorar la convivencia en sociedades diversas y plurales como la nuestra.
7. Cree que la función central de su sistema educativo democrático, lejos de evitar o de obviar el conflicto, es utilizarlo como elemento formativo para que, bajo estrategias pedagógicas diversas, el conflicto puede ser debatido y analizado bajo criterios de respeto a las opiniones, pluralismo de fuentes y datos, así como la inclusión de perspectivas diversas derivadas de la realidad sociocultural del país.
8. Señala el peligro que representa, para la educación de los jóvenes en general, el efecto inhibitorio que, sobre la educación política y la formación ciudadana, podrían adoptar las personas docentes en sus prácticas pedagógicas, producto de esa misma indefinición y como medida de prevención ante la posibilidad de sanciones en el ejercicio de sus labores.
9. Externa su preocupación de que, la búsqueda de neutralidad político-partidaria se convierta, en la práctica, en la neutralización del debate democrático que desde la educación pública y privada debe realizarse para comprender las transformaciones del país y crear sentido crítico en la juventud.
10. Sostiene que una regulación como la que se intenta plasmar en esta circular requiere restablecer principios mínimos de certeza y previsibilidad, es decir, que las personas docentes tienen el derecho a conocer con la mayor exactitud posible, qué se prohíbe, de manera que le ofrezca seguridad a su ejercicio profesional. Tales limitaciones no pueden quedar a discrecionalidad de la persona que supervisa.
11. Solicita al MEP, en aras de la claridad y la transparencia, y teniendo como fin último la calidad de la enseñanza en las aulas del sistema educativo costarricense, que aclare, y de resultarle posible, ejemplifique qué se debe entender por categorías como adoctrinamiento, captación ideológica, equilibrio y objetividad pedagógica. La ambigüedad e imprecisión con la que se establecen estos conceptos en la circular no aportan ninguna legitimidad al fondo del asunto, el cual consiste en evitar la actividad político electoral de carácter proselitista en los centros educativos.
12. Sostiene que la educación política, como parte del quehacer de los Estudios Sociales y la Educación Cívica, constituye un pilar fundamental de la democracia, entendida esta no solo como una forma de gobernanza de los pueblos, sino como una forma o estilo de vida. La educación política conlleva el desarrollo de conocimientos indispensables sobre la política, las políticas y lo político. Incluye además el desarrollo de capacidades para analizar el funcionamiento del Estado, la construcción de políticas públicas y el ejercicio del poder. Y no puede obviarse que el fin último de esto es contar con ciudadanos capaces de involucrarse en procesos democráticos y deliberar sobre asuntos de interés público.
13. Exhorta al MEP para que señale, con la claridad que amerita el contexto, los límites que busca esta circular. Para ello se esperaría que defina ejemplos de buenas prácticas pedagógicas en relación con la materia en cuestión, que exprese con asertividad lo que estaría permitido y lo que no, y que proponga un listado de criterios que permitan diferenciar proselitismo de análisis crítico, según su lectura sobre lo que se estaría haciendo mal en las aulas.
14. Propone que se abran espacios de diálogo donde participen las universidades, el colegio profesional respectivo y representantes de las agrupaciones gremiales de educadores con el finde mejorar la enseñanza y atender no solo este tema, sino otros de mayor peso que afectan la labor docente en la actualidad.