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Consejo Universitario UNA se adhiere a la oposición para fijar tarifas de honorarios obligatorios por servicios profesionales

En un acuerdo tomado el pasado 23 de febrero, el Consejo Universitario de la Universidad Nacional (UNA) argumentó las razones por las cuales comparte el voto negativo de mayoría de la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa al proyecto de ley No. 23357, Ley para Eliminar la Fijación de Tarifas de Honorarios Obligatorios por Servicios Profesionales.

El acuerdo completo establece:

COMUNICADO DEL CONSEJO UNIVERSITARIO SOBRE EL VOTO NEGATIVO Y ARCHIVO DEL EXPEDIENTE DEL PROYECTO DE LEY PARA ELIMINAR LA FIJACIÓN DE TARIFAS DE HONORARIOS OBLIGATORIOS POR SERVICIOS PROFESIONALES, REFORMA DE LA LEY N.° 7472, LEY DE PROMOCIÓN DE LA 

El Consejo Universitario de la Universidad Nacional comparte el voto negativo de mayoría de la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa al proyecto de ley No. 23357, Ley para Eliminar la Fijación de Tarifas de Honorarios Obligatorios por Servicios Profesionales, Reforma de la Ley n.° 7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor, del 20 de diciembre de 1994 y sus Reformas. Tal y como se expone en el acuerdo tomado por el Consejo Universitario de la Universidad Nacional, según el artículo 4, inciso 4.3 de la sesión ordinaria celebrada el 16 de febrero de 2022, acta No. 05-2023, comunicado con el oficio UNA-SCU-ACUE-061-2023 por las siguientes razones:

  1. El objetivo del proyecto es eliminar la posibilidad de que los colegios profesionales establezcan tarifas mínimas por los servicios profesionales y los sujeta al igual que el resto de los sectores de la economía, a lo dispuesto en las leyes n.° 7472 y n.° 9736, Ley de Fortalecimiento de las Autoridades de Competencia de Costa Rica.
  2. El estado es el que tiene la potestad de regular y supervisar el ejercicio profesional y delega en los colegios profesionales dicha acción.
  3. Los colegios profesionales tienen como parte de sus funciones el velar por la defensa del ejercicio profesional y los derechos de sus afiliados, entre esos su bienestar económico.
  4. La protección del consumidor, en la actualidad, se alcanza como producto de la promoción de la actividad competitiva de los agentes económicos y no por la vía de imposición o regulación administrativa de los precios de los bienes y servicios.
  5. La fijación de precios es un mecanismo que propende la responsabilidad y calidad de los servicios brindados por los profesionales y constituye un elemento a favor de los consumidores.

Este órgano colegiado garante de la identidad institucional y respetuoso de los principios, valores y fines que caracterizan a la Universidad Nacional reconoce la importancia de mantener la fijación de tarifas de honorarios obligatorias por servicios profesionales. 

Atentamente,

Dra. Jeannette Valverde Chaves

Presidenta del Consejo Universitario

 

Lsr/w/UNA-SCU-ACUE-073-2023 COMUNICADO COLEGIOS PROFESIONALES

C: Contraloría Universitaria

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