Esta tarde el Consejo Universitario de la Universidad Nacional (UNA) solicitó a las distintas comunidades académicas latinoamericanas para que, en conjunto, se abogue por una salida negociada al conflicto entre Rusia y Ucrania. A la vez, instó a la comunidad universitaria a fomentar la discusión académica sobre el tema. Lo anterior mediante la aprobación del acuerdo UNA-SCU-ACUE-050-2022, según el artículo 3, inciso 3.1, de la sesión ordinaria celebrada el 3 de marzo de 2022.
A CONTINUACIÓN EL ACUERDO:
TRANSCRIPCIÓN DE ACUERDO
UNA-SCU-ACUE-050-2022
4 de marzo de 2022
Señores.
Consejo Nacional de Rectores
Señores
Comunidad Nacional y Universitaria
Estimado/a señor/a:
Les transcribo el acuerdo tomado por el Consejo Universitario de la Universidad Nacional, según el artículo 3, inciso 3.1, de la sesión ordinaria celebrada el 3 de marzo de 2022, acta no 09-2022, que dice:
PRONUNCIAMIENTO DEL CONSEJO UNIVERSITARIO EN TORNO AL CONFLICTO ARMADO ENTRE RUSIA Y UCRANIA.
CONSIDERANDO:
- Lo establecido en la Carta de las Naciones Unidas, art culos 1, 2 y 33, que a la letra señalan lo siguiente:
Artículo 1
Los propósitos de las Naciones Unidas son:
- Mantener la paz y la seguridad internacionales, y con tal fin: tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y para suprimir actos de agresión u otros quebrantamientos de la paz; y lograr por medios pacíficos y de conformidad con los principios de la justicia y del derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir a quebrantamientos de la paz
- Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, y tomar otras medidas adecuadas para fortalecer la paz universal;
- Realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión; y
- Servir de centro que armonice los esfuerzos de las naciones por alcanzar estos propósitos comunes.
Artículo 2
Para la realización de los Propósitos consignados en el Artículo 1, la Organización y sus Miembros procederán de acuerdo con los siguientes Principios:
- La Organización está basada en el principio de la igualdad soberana de todos sus Miembros.
- Los Miembros de la Organización, a fin de asegurar los derechos y beneficios inherentes a su condición de tales, cumplirán de buena fe las obligaciones contraídas por ellos de conformidad con esta Carta.
- Los Miembros de la Organización arreglarán sus controversias internacionales por medios pacíficos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia.
- Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas.
- Los Miembros de la Organización prestarán a ésta toda clase de ayuda en cualquier acción que ejerza de conformidad con esta Carta, y se abstendrán de dar ayuda a Estado alguno contra el cual la Organización estuviere ejerciendo acción preventiva o coercitiva.
- La Organización hará que los Estados que no son Miembros de las Naciones Unidas se conduzcan de acuerdo con estos Principios en la medida que sea necesaria para mantener la paz y la seguridad internacionales.
- Ninguna disposición de esta Carta autorizará a las Naciones Unidas a intervenir en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados, ni obligará a los Miembros a someter dichos asuntos a procedimientos de arreglo conforme a la presente Carta; pero este principio no se opone a la aplicaci n de las medidas coercitivas prescritas en el Capítulo VII.
Artículo 3
- Las partes en una controversia cuya continuación sea susceptible de poner en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales tratarán de buscarle solución, ante todo, mediante la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales u otros medios pacíficos de su elección.
- La Proclama Presidencial sobre la Neutralidad Perpetua, Activa y No Armada de Costa Rica, del 17 de noviembre de 1983, que reafirma la adhesión a los principios de no intervencionismo, la libre autodeterminación de los pueblos y el pluralismo ideológico.
- Lo indicado en la Ley n. 9288, Proclamación de la Paz como Derecho Humano y de Costa Rica como País Neutral, aprobada el 12 de noviembre de 2014, expediente 17.944, establece la paz como derecho humano fundamental e indica que el Estado debe promover , defender y garantizar la paz por todos los medios posibles y mediante la aplicación de su neutralidad activa en los conflictos entre estados e internamente en los países, según lo que dispongan los tratados internacionales, sus principios y propósitos, y la ley.
- Lo indicado en el Preámbulo del Estatuto Org nico de la Universidad Nacional establece que: La Universidad Nacional es una institución de educación superior pública con plena autonomía garantizada constitucionalmente. Tiene como misión histórica crear y transmitir conocimiento en favor del bienestar humano, mediante acciones que propicien la transformación de la sociedad para llevarla a estadios superiores de convivencia. Honra la libertad, la diversidad, la búsqueda de la verdad y la sustentabilidad natural y cultural, en beneficio del conocimiento, la equidad, la justicia y la dignificación de la condición humana. Lo establecido en los fines, los valores y los principios de la Universidad Nacional consignados en el Estatuto Orgánico con respecto al humanismo, el respeto, el diálogo de saberes, el pensamiento crítico.
- La importancia de acatar los principios de respeto al derecho internacional en los conflictos armados, el principio del no uso de la fuerza para resolver los conflictos y el principio para la protección de la población civil.
- El llamado es para que las partes en conflicto no utilicen armas de baja precisión en sus enfrentamientos.
- La incertidumbre que genera este conflicto en el ámbito internacional por el impacto significativo que se puede generar en el incremento de los precios internacionales de la energía, los hidrocarburos y otras materias primas básicas, intensificando por tanto la ola inflacionista que ya se ven a arrastrando internamente. Entre otras razones por la pandemia de la COVID-19 y las nuevas amenazas derivadas de las variantes detectadas, el aumento de la inflación, la deuda y la desigualdad de ingresos, lo que podría poner en peligro la recuperación de las economías emergentes y en desarrollo.
- Según el informe Perspectivas económicas mundiales del Banco Mundial, (2021) se espera que el crecimiento mundial desacelere notablemente al 4,1 % en 2022 y al 3,2 % en 2023, a medida que la demanda interna de cada país disminuya, vaya disminuyendo el nivel de apoyo fiscal y monetario en todo el mundo, lo que repercute de forma directa a las poblaciones vulnerabilizadas y con mayor incidencia a las personas en extrema pobreza, las cuales según las proyecciones de la ONU, para el 2022, se proyecta tener un aproximado a 876 millones de personas viviendo en estas condiciones.
- Un llamado a la comunidad internacional para que genere los mecanismos de diálogo necesarios con el propósito de eliminar el uso de las armas y las acciones bélicas como mecanismos de atención del conflicto entre las naciones de Rusia y Ucrania para garantizar los derechos humanos y la seguridad de las personas.
- Como institución superior instamos a la comunidad universitaria para que fomente la discusión académica de los temas relacionados con el conflicto armado, mediante un abordaje interdisciplinario que permita profundizar en el análisis y la investigación.
POR TANTO, SE ACUERDA:
- HACER UN LLAMADO A LAS DISTINTAS COMUNIDADES ACADÉMICAS LATINOAMERICANAS PARA QUE, EN CONJUNTO, SE ABOGUE POR UNA SALIDA NEGOCIADA DEL CONFLICTO ENTRE RUSIA Y UCRANIA. ACUERDO FIRME.
- INSTAR A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA PARA FOMENTAR LA DISCUSIÓN ACADÉMICA SOBRE EL CONFLICTO ARMADO ENTRE RUSIA Y UCRANIA Y PROFUNDIZAR LA INVESTIGACIÓN INTERDISCIPLINARIA EN LOS TEMAS DE TRASCENDENCIA NACIONAL E INTERNACIONAL QUE PERMITAN UNA MEJOR COMPRENSIÓN Y DIMENSIÓN DEL CONFLICTO Y SUS IMPLICACIONES EN EL SISTEMA GLOBAL EN GENERAL Y EN COSTA RICA EN PARTICULAR. ACUERDO FIRME.
Atentamente,
Dra. Jeannette Valverde Chaves
Presidenta del Consejo Universitario
C: Asesor a Jurídica
Contralor a Universitaria
Oficina de Relaciones Públicas
Oficina de Comunicación